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COMIENZAN LOS PAGOS POR LA SENTENCIA SOBRE ANTIGÜEDAD GANADA POR LA SECCIÓN DE USO-C.A.I.B.

EL GOVERN BALEAR ABONARÁ TRES MILLONES DE EUROS POR EL DERECHO AL COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL TEMPORAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Compañeros de USO con la Sentencia del TS que reconoce el derecho al personal no fijo en la Administración CAIB al percibo de trienios.

     Ha tenido que transcurrir mas de un año para que el Govern Balear comience  a  reconocer y a aplicar una  Sentencia  firme, dictada en su

día por el Tribunal Supremo, por la cual se condena a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) a abonar al personal que no tenga la condición de fijo el complemento de antigüedad. El pago debe realizarlo en las mismas circunstancias y cuantías que al resto de los trabajadores y trabajadoras, tal como tiene previsto el artículo 43 del Convenio Colectivo.

     La demanda que dio origen a la importante sentencia del TS (7 de octubre de 2002), fue interpuesta por la sección sindical USO en la Administración CAIB y todo ello comenzó con la respectiva reclamación previa en Abril de 1999, por lo que las consecuencias económicas de la misma se retrotraen al año 1998.

     Tanto en la primera instancia del TSJB, como en la sentencia del TS que ya  unifica doctrina, los Magistrados se reafirman básicamente en la postura presentada desde nuestra organización, por la que el derecho al percibo de este complemento viene motivado por los años de experiencia en el puesto de trabajo y no por el derecho subjetivo de ser personal fijo o temporal. En definitiva, se refuerza la tesis de garantizar el principio de no discriminación del trabajador o trabajadora temporal respecto del trabajador con contrato de duración indefinida.

     No es fácil evaluar las consecuencias prácticas que tendrá la aplicación de esta sentencia en la CAIB, pero de un primer análisis se deduce que podrá afectar de forma directa a más de 1.000 personas contratadas, bien en la actualidad o bien en los últimos años (incluidos igualmente el personal de las empresas públicas). El coste económico que puede generar al presupuesto de gastos de personal será de unos 3 millones de euros, entre salario y cotizaciones a la seguridad social.

     Habrá compañeros/as que tendrán derecho a que se les reconozcan  y queden  consolidados  cuatro  trienios,  debiéndoles  abonar  con carácter  retroactivo  más  de  7.200   euros  brutos  de atrasos (1.200.000 ptas.) El valor de un Trienio, actualmente,

 

Compañeros de la sección sindical de USO, celebrando que, después de transcurrido un año, la Administración CAIB comienza a reconocer y abonar la Sentencia del TSJ sobre los trienios.

Local sindical Roser, 1bajos - Palma. Junio-2004

oscila de promedio, en unos 32 Euros mensuales.

     La repercusión de la Sentencia del Supremo, ganada por la Sección Sindical de USO-CAIB tras un proceso de reivindicación histórico, beneficiará al personal de aquellos convenios de origen en los que esté supeditado el cobro de la antigüedad a la fijeza en el puesto de trabajo. Dichas claúsulas limitativas deberían quedar anuladas con sólo solicitar la extensión de los efectos de esta Sentencia.


Callejero

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