A través de una enmienda en los Presupuestos Generales del Estado para 2011, se establece que la Seguridad Social pagará una prestación económica a los padres trabajadores que deban dedicarse al cuidado de hijos o menores acogidos que padezcan cáncer o cualquier otra enfermedad grave, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. Esta prestación está pensada para los supuestos en los que ambos progenitores trabajen y uno de ellos deba dedicar parte o toda la jornada al cuidado de un hijo menor que, consecuencia de una enfermedad grave, deba permanecer largo tiempo hospitalizado o requiera una atención directa.
El subsidio equivaldrá al 100% de la base reguladora correspondiente a la prestación de incapacidad temporal (baja laboral), derivada de contingencias profesionales, será proporcional a la reducción de la jornada de trabajo, que no podrá ser inferior al 50% de la jornada, y se extinguirá cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumpla 18 años.














