La Administración de la CAIB a través de la Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público (BOIB Núm 094 de 22-06-2010), ha suspendido sine die y de forma unilateral el Acuerdo firmado entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, UGT ,USO y STEI-i de 18 de julio de 2008, publicado en el BOIB núm. 154, de 1 de noviembre de 2008. en cuanto a los complementos retributivos y a la homogeneización de los complementos específicos a que se refieren, respectivamente, los puntos 5 y 7 del citado Acuerdo, así como el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2010 de ratificación del Acuerdo relativo a la reprogramación de los puntos 5 y 7 del Acuerdo firmado en el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales y del Personal Laboral para el período 2008-2011, publicado en el BOIB núm. 37, de 6 de marzo de 2010.
Los responsables de esta Administración como los “tahúres”, utilizan la ley 6/2010, para jugar con las cartas marcadas; por un lado dicen dejar abierta la puerta para que durante los años 2010 y 2011, se pueda reprogramar el acuerdo sobre los incrementos retributivos –acuerdo ya reprogramado el día 20/11/2009
pero por otro lado marcan su “potestas o manu militari”, cuando dicen; “En defecto de acuerdo, se entenderá que los acuerdos citados han de aplicarse a partir del año 2012, ¿Cuándo? el 2013, el 2014, el 2015…etc?. Esta nefasta circunstancia llevará aparejado igualmente el respectivo retraso correspondiente respecto de las previsiones inicialmente acordadas.” Como dice el refrán popular, esto es como las lentejas o las tomas o las dejas
Los empleados y empleadas públicos de esta Administración no nos merecemos el engaño continuado de estos gestores, si tuvieran “vergüenza torera” deberían presentar su dimisión los responsables políticos que participaron en la firma de la reprogramación del acuerdo el pasado día 20/11/2009; Conseller de Hacienda, Carles Manera, Consellera de Función Pública, Pilar Costa y que ahora, de nuevo, han participado en el proyecto de esta restrictiva y desgraciada Ley 6/2010 publicada en el BOIB Núm 094 de 22-06-2010, con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta , con la suspensión sine die de los acuerdos.
Quien suspende o incumple de forma unilateral los acuerdos pactados no son merecedores de la confianza y de la credibilidad de los empleados públicos
Los actores políticos de este culebrón lo tienen que pagar y es por lo que desde la sección sindical USO-CAIB, exigimos su












