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La reforma de la Seguridad Social
que próximamente firmarán Gobierno,
patronal y sindicatos exigirá 15
años efectivos (5.475 días) para
poder acceder a la pensión de
jubilación. Esto impedirá que, como
sucede ahora, haya trabajadores que
habiendo cotizado 12,8 años (ó 4.700
días) puedan cobrar pensión, una
situación en la que se encuentran
actualmente tres de cada cien
trabajadores, según fuentes de la
negociación.
Se trata especialmente de autónomos,
trabajadores agrarios y empleados
del hogar, colectivos a los que les
es más difícil reunir amplios
periodos de cotización. Pero también
ocurre en el Régimen General, donde
algo más del 1% de los trabajadores
no llega a los 15 años cotizados.
La ampliación del periodo de
cotización y la modificación de la
jubilación parcial son las dos
principales medidas de ahorro para
la Seguridad Social que contempla la
reforma de pensiones. Las
negociaciones están ya en su recta
final, a falta sólo de concretar
algunos flecos, sobre todo de
redacción, aunque éstos podrían
quedar ultimados la próxima semana,
según las mismas fuentes.
La jubilación parcial ha sido uno de
los principales caballos de batalla
de estas negociaciones. Esta figura
se utiliza en muchas ocasiones como
una jubilación anticipada
"enmascarada", con la ventaja de que
no lleva aparejada la aplicación de
coeficientes reductores, como sí
ocurre en el caso de la jubilación
anticipada.
FRENO A LA JUBILACIÓN PARCIAL.
Los gastos de la jubilación parcial
son muy altos para la Seguridad
Social. Se crecimiento se ha
disparado, a tasas que han llegado a
alcanzar el 45% por año, y las
previsiones aún elevan más su ritmo
de incremento.
Por ello, el Ministerio de Trabajo
se sentó a la mesa de negociación
con el firme objetivo de cerrar el
grifo y frenar este crecimiento
desmesurado de la jubilación
parcial. Con este fin, la reforma
endurecerá los actuales requisitos
de acceso a la misma, aunque de
manera gradual.
Así, frente a los 60 años actuales,
los trabajadores que quieran
jubilarse parcialmente tendrán que
tener 61 años, seis años de
antigüedad en la empresa y 30 años
de cotización, si bien todo eso se
exigirá tras varios años de
aplicación de la reforma.
Sin embargo, en los convenios
colectivos y acuerdos de empresa que
tengan regulada la jubilación
parcial se mantendrán los requisitos
actuales hasta que finalice la
vigencia de los mismos, o al menos,
hasta 2010, según las fuentes
consultadas.
MENOS COSTES PARA LAS EMPRESAS.
La reforma también permitirá el
acceso a la pensión de viudedad de
las parejas de hecho e incrementará
los incentivos para prolongar la
vida laboral más allá de los 65 años
legalmente establecidos. Además, se
adoptarán medidas para mejorar las
pensiones causadas antes del 1 de
enero de 2002 por trabajadores con
60 o más años que, acreditando 35 o
más años de cotización, accedieron a
la jubilación anticipada tras un
despido.
Para los empresarios, una de las
medidas más beneficiosas es que, con
la reforma, se abaratarán sus gastos
por mantener en la empresa a
trabajadores, que con cinco años de
antigüedad, tuvieran 59 años de
edad. En concreto, en estos casos la
Seguridad Social financiará el 40%
de las cotizaciones.
Hasta ahora Trabajo sólo financiaba
parte de las cotizaciones para
aquellos trabajadores que, llevando
al menos cinco años en la empresa,
tuvieran entre 60 y 64 años (con 60
años, la Seguridad Social pagaba el
50% de las cotizaciones y con 64
años, el 90%, entre medias los
porcentajes son proporcionales).
Con la reforma, esto se amplía,
añadiendo la franja de 59 años e
incluso abriendo la puerta a que, en
función de las cuentas del sistema,
esta escala pueda iniciarse en los
55 años.
Europa Press
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